Prohibición jurídica.
Se considera como sustancia ilegal de forma automática al estar incluida en distintos convenios indicativos entre los que destacan la lista I anexa al Convenio único de las Naciones Unidas de 1961 y el Convenio de Viena de 1971, por lo que se le aplica la regulación específica en todos los países donde se hayan ratificado tales convenios.
En base a la regulación española se establecen tres estados en base a la cantidad en posesión:
· Medio gramo: Consumo propio no punible mediante proceso penal puesto que se considera consumo propio. Ello sin embargo no evita sanciones de tipo administrativo o medidas de seguridad.
· Entre medio gramo y 240 gramos: Se considera la posibilidad de formar parte del ciclo de la droga, con la consecuente apertura de un proceso penal a tenor del artículo 368 del Código penal.
· De 240 gramos en adelante: Se considera cantidad de notoria importancia según el Tribunal Supremo en un acuerdo del Pleno de 19 de octubre de 2001, aplicándosele la cualificación de primer grado del art.369 6ª del Código penal.
· La cantidad excede notablemente de 240gr.: Se le aplica la cualificación de segundo grado en base al art.370 3ª del Código penal.
Efectos.
El mecanismo de acción se atribuye al rol del MDMA como agonista directo de los receptores neuronales presinápticos de serotonina. De esta manera, el MDMA induce la liberación de estos neurotransmisores desde las vesículas en las terminales presinápticas de las neuronas, hacia el espacio sináptico, propagando la señal por toda la red neuronal. Estos cambios neuroquímicos se manifiestan fisiológicamente produciendo templanza emocional y apertura afectiva, comunicación desinhibida, empatía (entactogénesis).
Además, el MDMA preserva también los efectos estimulantes típicos de la anfetamina, que refuerzan los ya descritos, produciendo sensación de gran energía física, con aumento de la actividad motora (hiperactividad), bienestar general y euforia.
El subidón se manifiesta en forma de oleadas con sensaciones de euforia, alegría, felicidad, empatía in crescendo y de una sensación de ligereza mental y física.
El MDMA puro suele tener una bajada muy tranquila y facilidad para dormir. Sin embargo, una sola dosis demasiado alta o una repetición de varias dosis en espacio de tiempo demasiado corto (por ejemplo, la típica pauta de consumo de cada fin de semana), son las que van acompañadas de estados depresivos, debido a que la liberación de serotonina inducida pudo haber depletado (vaciado) temporalmente las vesículas que alojan los neurotransmisores de reserva. En ese caso, se produciría una caída brusca en los niveles extracelulares de serotonina, que tardaría varios días en recomponerse.
Para evitar estas consecuencias es frecuente la administración de un antidepresivo Inhibidor de la Recaptación de la Serotonina (IRS), sobre todo la fluoxetina, unas 6 horas después de la ingesta de MDMA. Evidencia científica preliminar (en ratas) asocia esta práctica con una acción neuroprotectora, profiláctica contra la posible toxicidad del MDMA. 43 Esto es particularmente predicado por algunas agrupaciones civiles dedicadas a promover políticas de reducción de daños. Otra posibilidad es que la pastilla que supuestamente contenía MDMA, no sólo contenga esta sustancia, sino algún otro tipo de droga, o incluso que no se trate de MDMA en absoluto. En dicho caso, los efectos tras y durante el consumo no pueden ser atribuidos exclusivamente al MDMA.
El MDMA se puede conseguir en forma de cristales o ya machacado formando polvo de cristal, de ahí que se le llame también crystal. También se comercializa en pastillas que suelen llevar compactantes y aglutinantes. Se ingieren normalmente en dosis pequeñas, con la intención de controlar el efecto, lo que es difícil por el desconocimiento de la pureza y su contenido en MDMA.
Se considera como sustancia ilegal de forma automática al estar incluida en distintos convenios indicativos entre los que destacan la lista I anexa al Convenio único de las Naciones Unidas de 1961 y el Convenio de Viena de 1971, por lo que se le aplica la regulación específica en todos los países donde se hayan ratificado tales convenios.
En base a la regulación española se establecen tres estados en base a la cantidad en posesión:
· Medio gramo: Consumo propio no punible mediante proceso penal puesto que se considera consumo propio. Ello sin embargo no evita sanciones de tipo administrativo o medidas de seguridad.
· Entre medio gramo y 240 gramos: Se considera la posibilidad de formar parte del ciclo de la droga, con la consecuente apertura de un proceso penal a tenor del artículo 368 del Código penal.
· De 240 gramos en adelante: Se considera cantidad de notoria importancia según el Tribunal Supremo en un acuerdo del Pleno de 19 de octubre de 2001, aplicándosele la cualificación de primer grado del art.369 6ª del Código penal.
· La cantidad excede notablemente de 240gr.: Se le aplica la cualificación de segundo grado en base al art.370 3ª del Código penal.
Efectos.
El mecanismo de acción se atribuye al rol del MDMA como agonista directo de los receptores neuronales presinápticos de serotonina. De esta manera, el MDMA induce la liberación de estos neurotransmisores desde las vesículas en las terminales presinápticas de las neuronas, hacia el espacio sináptico, propagando la señal por toda la red neuronal. Estos cambios neuroquímicos se manifiestan fisiológicamente produciendo templanza emocional y apertura afectiva, comunicación desinhibida, empatía (entactogénesis).
Además, el MDMA preserva también los efectos estimulantes típicos de la anfetamina, que refuerzan los ya descritos, produciendo sensación de gran energía física, con aumento de la actividad motora (hiperactividad), bienestar general y euforia.
El subidón se manifiesta en forma de oleadas con sensaciones de euforia, alegría, felicidad, empatía in crescendo y de una sensación de ligereza mental y física.
El MDMA puro suele tener una bajada muy tranquila y facilidad para dormir. Sin embargo, una sola dosis demasiado alta o una repetición de varias dosis en espacio de tiempo demasiado corto (por ejemplo, la típica pauta de consumo de cada fin de semana), son las que van acompañadas de estados depresivos, debido a que la liberación de serotonina inducida pudo haber depletado (vaciado) temporalmente las vesículas que alojan los neurotransmisores de reserva. En ese caso, se produciría una caída brusca en los niveles extracelulares de serotonina, que tardaría varios días en recomponerse.
Para evitar estas consecuencias es frecuente la administración de un antidepresivo Inhibidor de la Recaptación de la Serotonina (IRS), sobre todo la fluoxetina, unas 6 horas después de la ingesta de MDMA. Evidencia científica preliminar (en ratas) asocia esta práctica con una acción neuroprotectora, profiláctica contra la posible toxicidad del MDMA. 43 Esto es particularmente predicado por algunas agrupaciones civiles dedicadas a promover políticas de reducción de daños. Otra posibilidad es que la pastilla que supuestamente contenía MDMA, no sólo contenga esta sustancia, sino algún otro tipo de droga, o incluso que no se trate de MDMA en absoluto. En dicho caso, los efectos tras y durante el consumo no pueden ser atribuidos exclusivamente al MDMA.
El MDMA se puede conseguir en forma de cristales o ya machacado formando polvo de cristal, de ahí que se le llame también crystal. También se comercializa en pastillas que suelen llevar compactantes y aglutinantes. Se ingieren normalmente en dosis pequeñas, con la intención de controlar el efecto, lo que es difícil por el desconocimiento de la pureza y su contenido en MDMA.
m gustaria que todos los jovenes se retiraran de las drogas como la tachas porque no contienen nada bueno solo veneno veneno interminable extringuidor de buenos jovenes
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